miércoles, 25 de mayo de 2011

EL POPPER EN MÉXICO


El 1 de octubre de 2009, el diputado Ignacio Téllez González, del Grupo Parlamentario Acción Nacional (PAN),  entregó en el Palacio Legislativo de San Lázaro el Proyecto de Decreto que reforma* el Artículo 245º de la Ley General de Salud* para incluir a la clasificación de sustancias sicotrópicas los denominados nitrito de amilo, butilo e isobutilo (poppers); dando mayor importancia al consumo de esta sustancia y más importante aún: su inclusión en la agenda política nacional*.

La demanda de este inhalante, a raíz de la prohibición de su venta en las tiendas de artículos sexuales (sex shops), pareció cobrar un nuevo auge; siendo en la actualidad una de las sustancias con mayor nivel de popularidad entre los jóvenes.

El problema mayúsculo radica en el daño a la salud que producen las sustancias altamente tóxicas de las que se compone. Las consecuencias negativas a la salud por su consumo son altísimas.

Actualmente los nitritos de amilo, butilo e isobutilo (poppers) no se consideran en la Ley General de Salud como “sustancias psicotrópicas de nulo o escaso valor terapéutico”, tal como el diputado del PAN lo estipuló en el decreto, hace poco más de un año.

Su venta en las tiendas de artículos sexuales más conocidas ha cesado, pero en otros comercios  clandestinos aún es posible obtenerlas con relativa facilidad.


Se recomienda consultar:
*Decreto que reforma el artículo 245º la Ley General de Salud.
*Ley  General de Salud.
*Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas del Distrito Federal.

1 comentario:

  1. Que estupidez !!! es como decir que el alcohol es nocivo para la salud y lo venden en la tienda de la esquina, la persona que escribió esto como se lee que es un religioso, reprimido o acomplejado o las tres, el problema no radica en las sustancias, si no en las personas que se hacen dependientes de ellas.

    De nada

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